Si estás leyendo esto, es porque el plazo ya está abierto y quieres presentar tu declaración sin que se te escape ni un euro en deducciones. Aquí tienes el manual definitivo actualizado con las últimas normativas y las ventajas específicas de la Comunidad Valenciana.
📅 Calendario Fiscal 2026: ¡No te pases de fecha!
La campaña ha comenzado. Estas son las citas que debes marcar en rojo en tu calendario:
- 8 de abril: Se abre el plazo para presentar el borrador por Internet y App.
- 6 de mayo: Inicio del servicio de confección por teléfono (Plan «Le Llamamos»).
- 1 de junio: Comienza la atención presencial en las oficinas de la AEAT.
- 25 de junio: Fecha límite para declaraciones con resultado a ingresar que quieras domiciliar.
- 30 de junio: Fin de la campaña. A partir de aquí, llegan los recargos y sanciones.
🧐 ¿Estás obligado a declarar?
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha marcado los nuevos límites para este año:
- Un solo pagador: Si has ganado menos de 22.000 €, no estás obligado (pero revisa si te sale a devolver).
- Varios pagadores: Si el segundo y restantes suman más de 1.500 €, el límite para declarar baja a los 15.876 €.
- Autónomos: Obligación total. Si estuviste de alta en el RETA en 2025, debes presentarla sin importar tus ingresos.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): Todos los beneficiarios deben presentarla por ley.
💰 Novedades Estatales: Lo que afecta a tu bolsillo
Hacienda ha reforzado ciertos incentivos que no puedes pasar por alto:
- Eficiencia Energética: Deducciones de entre el 20% y el 60% por obras en vivienda habitual que reduzcan la demanda de calefacción o el consumo de energía no renovable. (Imprescindible certificado energético).
- Coche Eléctrico: Se mantiene la deducción del 15% tanto por la compra del vehículo como por la instalación de puntos de carga.
- Alivio Rentas Bajas: Nueva reducción de hasta 340 € para ingresos netos inferiores a 16.576 €.
- Pensionistas y Mutualidades: Si trabajaste en banca, comercio o metal antes de 1978, revisa que se te aplique el ajuste por la Sentencia del Supremo (suele aparecer automáticamente, pero verifícalo).
🍊 Especial Comunidad Valenciana: ¡Deducciones mejoradas!
La Generalitat ha actualizado al alza los importes para este ejercicio. Importante: La mayoría de estas ayudas requieren que tu base liquidable no supere los 30.000 € (47.000 € en conjunta).
🏥 Salud, Bienestar y Deporte
Esta es la gran novedad de este año, con porcentajes mucho más altos:
- Gastos de salud: Deducción del 30% (antes 5%) en gastos de dentista, cristales graduados, lentillas y salud mental. (Límites: 150 € en el dentista y 100 € en el resto).
- Gimnasio y Deporte: Deducción del 30% general (máx. 150 €). Si eres mayor de 65 años o tienes discapacidad, sube al 50%, y para mayores de 75 años llega al 100%.
- Enfermedades Raras o Daño Cerebral: Deducciones específicas de hasta 100 €.
🏠 Vivienda y Familia
- Alquiler: Deducción general del 20% (tope 700 €). Para menores de 35 años o personas con discapacidad, sube al 25% (tope 950 €). Y, si además de ser joven vives en un municipio con riesgo de despoblación, el tope puede llegar a 1.000 € o 1.100 €.
- Placas Solares: Deducción del 40% del coste de instalación en vivienda habitual.
- Nacimiento y Conciliación: 300 € por hijo nacido/adoptado. Deducción del 15% en guarderías y del 50% de las cuotas de Seguridad Social de empleados de hogar para cuidado de dependientes.
⚠️ Errores críticos que debes evitar
- El peligro del «clic» rápido: El borrador no suele incluir las deducciones autonómicas. Si le das a enviar sin revisarlas, estarás perdiendo dinero.
- Criptomonedas: Hacienda tiene más información que nunca a través del Modelo 721. Cualquier permuta o venta debe declararse.
- Pagos en efectivo: Para las deducciones de salud (dentista, gafas, etc.), el pago debe ser trazable (tarjeta o transferencia). Si pagaste en efectivo, Hacienda podría tumbar la deducción en una inspección.
💡 Consejo de Oro: Si tu situación incluye venta de acciones, criptos, varias propiedades o eres autónomo, la ayuda de un profesional es la mejor inversión para evitar multas.
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Descargo de responsabilidad: Esta información tiene carácter informativo. Para casos complejos, consulta siempre con un asesor fiscal titulado.


