El sistema tributario español puede resultar complejo, y si obtienes algún tipo de ingreso en España sin residir fiscalmente en el país, es normal que surjan dudas sobre cómo cumplir correctamente con tus obligaciones.
Tener claro qué necesitas saber para hacer la Declaración de la Renta de No Residentes (IRNR) es fundamental, ya que se trata del impuesto más importante al que debes hacer frente si tienes la consideración de no residente fiscal en España.
Quién tiene que presentar la Declaración de la Renta de No Residentes
Están obligados a presentar la Declaración de la Renta de No Residentes todas las personas físicas o entidades que no residan fiscalmente en España, pero que obtengan rentas en territorio español (por ejemplo, alquileres, intereses, dividendos o ganancias patrimoniales).
Para determinar si una persona es residente o no residente fiscal en España, se consideran residentes quienes cumplan cualquiera de los siguientes criterios:
- Haber permanecido más de 183 días durante un año natural en territorio español. Para este cálculo se incluyen las ausencias esporádicas.
- Tener en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, directa o indirectamente.
- Que el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores residan habitualmente en España.
Si el país de residencia se considera paraíso fiscal, la Agencia Tributaria puede exigir pruebas adicionales y puede mantener la consideración de residente durante el año del cambio de residencia y los cuatro años siguientes, especialmente para personas con nacionalidad española.
Cuándo hay que presentar el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
El plazo y la forma de presentación varían según el tipo de renta obtenida:
🏠 Rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles
Se presenta en el plazo de tres meses, una vez transcurrido un mes desde la fecha de la transmisión del bien inmueble.
(Se utiliza el Modelo 210 o el Modelo 211 en el caso de retenciones por el comprador).
🏘️ Rentas imputadas de bienes inmuebles urbanos
Si posees una vivienda en España que no está alquilada, debes declarar una renta imputada (una renta “ficticia”) equivalente al 2 % del valor catastral del inmueble, o al 1,1 % si dicho valor ha sido revisado en los últimos diez años.
El plazo para presentar esta declaración es durante todo el año natural siguiente al devengo.
Nota: la imputación de rentas a no residentes está actualmente bajo revisión por parte de la Comisión Europea por posible trato discriminatorio; podría modificarse en próximos ejercicios.
💼 Resto de rentas (alquileres, rendimientos financieros, etc)
- Autoliquidaciones con resultado a ingresar:
 Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero, según el trimestre natural anterior al devengo de la renta.
- Rentas por arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles:
 Desde 2024, es posible agrupar todas las rentas del año y presentar una única declaración anual (Modelo 210) durante los primeros 20 días de enero del año siguiente.
- Autoliquidaciones con cuota cero:
 Del 1 al 20 de enero del año siguiente al devengo.
- Autoliquidaciones con resultado a devolver:
 Desde el 1 de febrero del año siguiente al devengo y dentro del plazo de prescripción de cuatro años.
Tipos impositivos aplicables en 2025
Los tipos generales del IRNR dependen del país de residencia del contribuyente:
- 19 % para residentes en la Unión Europea, Noruega o Islandia (EEE).
- 24 % para residentes en otros países.
- Algunos tipos especiales se aplican a dividendos, intereses o ganancias patrimoniales, conforme a los convenios de doble imposición.
Cómo hacer la Declaración de la Renta de No Residentes
La forma más cómoda y rápida de presentar el IRNR es en línea a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
Para acceder, necesitarás uno de los siguientes medios de identificación:
- Certificado electrónico reconocido
- DNI electrónico
- Sistema Cl@ve
En determinados casos (por ejemplo, si resides en otro país y no tienes acceso digital), también se permite la presentación por representante autorizado o mediante envío por correo.
Documentación necesaria
Para hacer la Declaración de la Renta de No Residentes se necesita:
- Documento identificativo (DNI, NIE o pasaporte).
- Número de referencia catastral de las propiedades.
- IBAN de la cuenta bancaria para ingresos o devoluciones.
- Certificados de retenciones o ingresos.
- Justificantes de gastos deducibles (solo aplicables si estás en la UE/EEE y directamente relacionados con la renta).
- Certificado de residencia fiscal emitido por tu país, si aplica un convenio de doble imposición.
- En caso de alquiler: datos del arrendador o arrendatario y contrato.
Recomendación final
La normativa sobre el IRNR cambia con frecuencia y depende de múltiples factores (tu país de residencia, tipo de renta, existencia de convenio, etc).
Por eso, aunque el trámite puede hacerse directamente en la web de la AEAT, es recomendable contar con asesoramiento profesional para evitar errores o pagos indebidos.
Más información
Este artículo es parte de nuestro servicio Impuestos no residentes. Visite esta sección donde encontrará toda la información de utilidad sobre este tema, incluyendo una completa guía sobre Impuestos en España para no residentes y extranjeros.
Resuelva sus dudas
✅ Nuestro personal habla perfectamente castellano, valenciano, inglés y alemán con lo que podrá comunicarse con nosotros en su propio idioma y así resolver claramente sus consultas.
📍 Denia – Plaza del Convento, 6 – Entresuelo pta. B
📍 Valencia – Calle Roja, 1 – Bloque 6, Planta 1, pta. 10 (* sólo con cita previa)
✉📞 Contacto: info@firmalex.com – Tel. +34 966 421 416 – Whatsapp +34 622 497 615

 Español
 Español
 Deutsch
 Deutsch
