En España, lo habitual es que se paguen impuestos cuando se lleva a cabo cualquier transacción económica. El alquiler se incluye entre las operaciones que están sujetas a impuestos, aunque pueden variar en función de la situación.
Qué se entiende por alquiler de vivienda
El alquiler de una vivienda es la cesión de derechos que hace el propietario para que otra persona haga uso y disfrute del inmueble a cambio de una cantidad de dinero, que es la contraprestación obligatoria del inquilino.
Todas las condiciones del alquiler se reflejan en un contrato de arrendamiento. Por ejemplo, los datos de contacto, la duración del contrato, el importe mensual y de fianza, el uso al que se destinará la vivienda, quién paga los gastos y suministros, etc.
En qué consiste el impuesto por alquiler de vivienda
El impuesto del alquiler de vivienda es una obligación fiscal que pagan los propietarios de las mismas por haber obtenido ingresos al alquilarlas, considerándolos como rendimiento del capital inmobiliario y, por tanto, debiendo incluirlos en la Declaración de la Renta.
Pero, además de tributar por IRPF, los ingresos que se obtienen del alquiler también pueden estar sujetos a otros impuestos.
Impuestos a pagar por alquiler de una vivienda
Ahora vamos a ver cuáles son los principales tributos que se aplican a los rendimientos del alquiler inmobiliario.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF es un impuesto de carácter personal y directo que grava la renta de las personas físicas según sus circunstancias personales y familiares.
Este es el principal impuesto que se aplica al alquiler de una casa, siendo una obligación del propietario, que debe declarar los rendimientos netos del alquiler. Para hacerlo se restan a los ingresos obtenidos los gastos deducibles asociados directamente al inmueble, obteniendo así el rendimiento neto. Sobre este importe se aplicarán las reducciones correspondientes para determinar la base liquidable sobre la que se calcula el impuesto.
Al tratarse de un impuesto progresivo, el impuesto va aumentando en función de la base liquidable. Los tramos que se aplican son los siguientes:
- Hasta 12.450 euros en el que se paga un 19%.
- Hasta 20.199 euros con un tipo del 24%.
- Hasta 35.199 euros con un 30%.
- Hasta 59.999 euros con un 37%.
- Hasta 299.999 euros con un 45%.
- A partir de 300.000 euros de 47%.
En el caso de que el arrendamiento sea para vivienda habitual, el propietario puede aplicar una reducción fiscal sobre el rendimiento neto positivo. Esta reducción varía entre el 50% y el 90%, dependiendo de factores como la ubicación en zonas tensionadas, la edad del inquilino o la realización de obras de rehabilitación.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Es un tributo de naturaleza indirecta que se aplica al consumo y grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios por empresas y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias de bienes y la importación de bienes.
En el caso del alquiler de viviendas, solo se encuentra entre los impuestos a pagar cuando el inmueble que se alquila no se destina a vivienda habitual. Por ejemplo, los locales comerciales o las viviendas turísticas.
El tipo impositivo que se aplica del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es del 21% sobre el importe del alquiler.
Además de estos dos tributos, el propietario debe hacer frente al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Es un impuesto directo que grava la titularidad del inmueble y que, en el caso de viviendas alquiladas, tiene la consideración de gasto deducible para el cálculo del rendimiento neto.
Consecuencias de no declarar los ingresos por alquiler de una vivienda
Si, por descuido o de forma intencionada, no se declaran los ingresos del alquiler, debes saber que no pasará desapercibido.
Si no se declaran los ingresos que se han obtenido por el alquiler de una vivienda puede tener consecuencias legales y económicas, incluyendo multas que pueden ir desde el 50% al 150% del importe no declarado.
La cuantía de estas multas varía en proporción a la gravedad de la infracción:
- Multas leves. Es el caso menos grave que se aplica cuando el importe que no se haya declarado sea inferior a 3.000 euros, siempre que no haya ocultación deliberada. La multa es de un máximo del 50% de lo defraudado.
- Multas graves. Estas multas se aplicarán cuando se superen los 3.000 euros y se compruebe que existe intención de ocultar la información. En este caso, la multa oscila entre el 50% y el 100%.
- Multas muy graves. Los casos más graves se darán cuando se utilicen medios fraudulentos, como documentos falsos o estructuras contables simuladas. En este caso la multa puede aumentarse hasta el 150% del importe que no se ha declarado.
Además de pagar la multa por el incumplimiento, el propietario tendrá que pagar también el impuesto que debe, incluyendo la Agencia Tributaria los intereses de demora por el tiempo que haya pasado desde el momento en el que se tuvo que haber hecho el ingreso.
Por tanto, el contrato de alquiler que se firma en el que el propietario de una vivienda cede su uso a otra persona a cambio del pago de una cantidad, está sujeto a impuestos. El principal es el IRPF, aunque también se pagará IVA en los casos en que no se destine a vivienda habitual. No pagar estos impuestos lleva aparejada una multa, además de tener que pagar lo que se debe con intereses de demora. Si tiene cualquier duda al respecto, puede contactar con nosotros. ¡La primera consulta informativa es gratuita!
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