Este artículo es parte de nuestra guía Impuestos en España para no residentes y extranjeros que encontrará en nuestra sección Impuestos no residentes.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (I.T.P.)
Se trata de un impuesto que se paga cuando se adquiere un terreno agrícola o una casa/apartamento/parcela edificable de un propietario privado.
Por lo general, es el 7% (depende de las regiones) del valor declarado de la propiedad tal como se expresa en la Escritura de Compraventa.
Esto ha llevado a la gente a tener la tentación de infradeclarar el valor de la propiedad. Aunque esta práctica estaba y está muy extendida, es un error. Hay que pagar multas por las infradeclaraciones abusivas que, además, pueden dar lugar a dolores de cabeza por el Impuesto sobre el Valor Añadido en la compra, ya que el valor declarado en la compra es la línea de base utilizada por las autoridades al evaluar la ganancia de capital que se obtiene en la enajenación de la propiedad.
Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.)
Se paga en lugar del I.T.P. cuando se compra a un Promotor en lugar de a un particular.
En la actualidad, el impuesto se aplica al tipo del 21% a los solares y a las ampliaciones realizadas con posterioridad a la construcción de las viviendas.
Se aplica un tipo del 10% a la construcción de una vivienda y a las edificaciones asociadas, excluyendo los locales comerciales.
También se aplica un tipo del 10% tanto al solar como a la vivienda si se compran ambos al mismo tiempo.
Además del IVA, también tendrá que pagar un Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) del 1% (depende de las regiones) del precio de compra de un promotor.
Tasas del Registro de la Propiedad
Varían en función de la localidad, el tipo y el valor de la propiedad. No son estrictamente impuestos, sino tasas administrativas, pero, en aras de la exhaustividad, se mencionan en este documento.
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