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Contrato de alquiler de vivienda: Cambio en los plazos para avisar de su no-renovación

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Los propietarios deben avisar a sus inquilinos con cuatro meses de antelación, y no con 30 días, de que no se renovará el alquiler.

Si los propietarios no lo hacen, corren el riesgo de que el inquilino pueda renovar el contrato hasta tres años.

Los propietarios de una vivienda en alquiler deben avisar al inquilino con cuatro meses de antelación, en lugar de los 30 días actuales, de la no renovación del contrato al finalizar tras 5 o 7 años de alquiler.

Si el propietario no avisa en este plazo, corre el riesgo de que el inquilino pueda prorrogar el contrato hasta 3 años, según el Real Decreto Ley 7/2019 de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler.

En concreto, esto significa que el contrato se renovará por un máximo de tres años más si, al vencimiento del contrato o de sus prórrogas y después de al menos 5 años de plazo, o 7 años si el arrendador es una persona jurídica, ninguna de las partes ha notificado a la otra (con al menos cuatro meses de antelación en el caso del arrendador y dos en el caso del inquilino) que no desea renovar el contrato.

Ámbito de aplicación

Esta medida se aplica a todos los contratos de alquiler celebrados a partir del 6 de marzo de 2019.

Todo esto es aplicable salvo que el inquilino comunique al propietario, un mes antes del vencimiento de una de las anualidades, que no desea renovar el contrato.

Comunicación por parte del inquilino

Si es el inquilino el que no avisa al arrendador con dos meses de antelación de que no desea renovar el contrato tras su vencimiento, corre el riesgo de que el contrato se renueve por otro año completo, lo que deberá cumplir o incurrir en la penalización prevista.

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