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Firmalex > Asesoría fiscal > Cómo tributa la herencia recibida por no residentes en España

Cuando se perciben bienes o ingresos a través de una herencia se está obligado a pagar tributos. Esta situación se aplica también a los no residentes en determinados casos.

Cuándo tributa en España la herencia de un no residente

Las situaciones en las que una persona que no tiene su residencia en territorio español pero tributa en España por la herencia recibida son:

  • Cuando fallece un familiar residente en España y eres heredero pero no resides en España o en otro país comunitario.
    • Si tiene bienes en España:
      • Si el heredero no reside en territorio español tendrá que pagar en España por el valor de los bienes situados en el país y podrá aplicar la normativa de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la mayor parte del valor.
      • Si el heredero reside en la Unión Europea pagará en España aplicando la normativa de la Comunidad Autónoma donde residía el fallecido.
      • Si el heredero reside en España paga en España por todos los bienes, independientemente de dónde estén ubicados. Aplicará la normativa autonómica del lugar donde residía el fallecido.
    • Si tiene bienes fuera de España
      • Si el heredero no reside en territorio español no tendrá que pagar en España.
      • Si el heredero reside en España paga en España por todos los bienes, independientemente de dónde estén ubicados. Aplicará la normativa autonómica del lugar donde residía el fallecido.
  • Cuando recibes una herencia de un familiar no residente:
    • Si tiene bienes en España:
      • Si el heredero no reside en territorio español tendrá que pagar en España por el valor de los bienes situados en el país y podrá aplicar la normativa de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la mayor parte del valor.
      • Si el heredero reside en España paga en España por todos los bienes, independientemente de dónde estén ubicados. Aplicará la normativa autonómica del lugar donde residía el fallecido.
    • Si tiene bienes fuera de España
      • Si el heredero no reside en territorio español no tendrá que pagar en España.
      • Si el heredero reside en España paga en España por todos los bienes, independientemente de dónde estén ubicados. Aplicará la normativa autonómica del lugar donde residía el fallecido.

Qué impuestos se aplican a la herencia recibida por un no residente

Cuando se dé la situación en que una persona física que no resida en territorio español reciba una herencia, estará obligado a autoliquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

También deberán hacerlo aquellas personas físicas residentes en España cuando la herencia la reciban de una persona que no residía en territorio español.

Cómo tributa la herencia recibida por no residentes

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto directo que grava la adquisición por parte de personas físicas de bienes y derechos a través de una herencia.

Este tributo tiene carácter estatal pero es de gestión autonómica, por lo que cada Comunidad Autónoma aprueba su propia normativa en la que incluyen bonificaciones, reducciones y deducciones en la cuota del impuesto que son diferentes de las estatales.

Por eso, es fundamental saber si es posible aplicar alguna de las normativas comunitarias y cuál de ellas sería de aplicación:

  1. Si la persona fallecida no reside en España pero sí lo hace el heredero. En este caso aplicará la normativa de la Comunidad Autónoma donde esté el mayor valor de los bienes o en la que resida, en caso de no existir ningún bien situado en España.
  2. Si la persona fallecida residía en España pero el heredero no. En esta situación se aplica la normativa de la Comunidad Autónoma donde residía el fallecido.

En todo caso y de forma independiente a la aplicación de la normativa autonómica, si el sujeto pasivo no reside en España, el organismo competente para la liquidación del impuesto es la Agencia Estatal de Administración Tributaria, debiendo liquidarse en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria – Sucesiones no residentes.

Cálculo del impuesto

Para el pago del impuesto se calcula la base imponible, restando a la masa hereditaria las posibles cargas y dividiendo entre el número de herederos.

Tras ello, se aplican las reducciones para obtener la base liquidable, a la que se aplicará el porcentaje correspondiente.

La norma estatal establece que la tarifa puede ir del 7,65% al 34% de la base liquidable. Al tratarse de un impuesto progresivo, cuanto más se hereda más se tiene que pagar. A la herencia de no residentes puede aplicarse el Impuesto de Sucesiones de forma similar a como lo hacen los residentes en España. Se aplica en todos los casos excepto cuando los bienes no se ubican en España y el heredero no reside en territorio español. El tributo aplicable es de gestión autonómica por lo que existen diferentes reducciones y bonificaciones en función de la normativa aplicable, aunque en todo caso se liquidará ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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