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Firmalex > Asesoría jurídica > ¿Qué personas intervienen en una herencia?

Una herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se transmiten a los herederos tras el fallecimiento de una persona.

En esa transmisión intervienen distintas personas y elementos para que finalice correctamente.

Figuras jurídicas principales en una herencia

Las siguientes personas forman parte del proceso de la herencia habitualmente.

Testador

Es la persona que otorga el testamento y que fallece dejando instrucciones más o menos claras sobre cómo se deberá hacer el reparto de sus bienes tras el fallecimiento.

Cualquier persona que tenga más de 14 años y plena capacidad mental puede ser testador y hacer testamento en España.

El testamento debe cumplir con formalidades legales, como ser firmado ante notario o, en algunos casos, escrito de puño y letra del testador.

Herederos y Legatarios

Tanto herederos como legatarios reciben herencia.

El heredero recibe bienes, derechos y deudas y el legatario recibe bienes o derechos concretos pero no deudas.

Esto quiere decir que los herederos tienen derecho a los bienes heredados pero tienen que hacerse cargo de las deudas, en caso de haberlas. En cambio, los legatarios no asumen responsabilidades adicionales, sólo los bienes que el testador les asigne.

Albacea

Esta persona es la que se encarga de cumplir con la voluntad del testador y también de gestionar la distribución de la herencia.

El albacea tiene la obligación de supervisar el reparto de bienes, protegiendo el patrimonio y garantizando que se respete lo establecido en el testamento.

El tiempo de duración del cargo suele ser de un año, aunque el testador puede establecer otro plazo.

Contador Partidor

Esta figura se encarga de hacer la partición de la herencia entre los herederos.

Su tarea consiste en dividir los bienes de forma equitativa, asegurándose de que cada heredero reciba su parte según lo establecido en el testamento o la ley.

Las diferencias entre el contador partidor y el albacea es que el segundo sólo gestiona el reparto y el primero puede dividir los bienes de manera efectiva.

Legitimarios o Herederos Forzosos

Los legitimarios son los herederos que tienen derecho a recibir una parte mínima de la herencia por ley.

En España, los herederos forzosos son los hijos, descendientes, padres y cónyuges, que tienen derecho a una parte de la herencia, llamada legítima.

Porcentajes de la herencia según la legislación:

  • Dos tercios de la herencia deben destinarse a los legitimarios.
  • El tercio de mejora permite beneficiar a un heredero sobre los demás.
  • El tercio de libre disposición puede asignarse a cualquier persona.
Beneficiario de Seguros de Vida y Planes de Pensiones

El beneficiario de un seguro de vida o plan de pensiones es la persona designada en él para recibir estos fondos cuando se produzca el fallecimiento del titular.

A diferencia de los herederos, los beneficiarios reciben el dinero directamente, sin formar parte de la masa hereditaria.

Para recibir el importe que le corresponda, el beneficiario debe presentar la documentación necesaria, como el certificado de defunción y la póliza del seguro.

Otros elementos que intervienen en una herencia

Además de todo lo explicado anteriormente, también forman parte de la herencia los siguientes elementos:

  • Abintestato. Cuando no existe testamento o este se ha declarado nulo.
  • Aceptación de la herencia. Acto y confirmación de la voluntad de recibir una herencia.
  • Albacea. Persona que se encarga del cumplimiento de la última voluntad y que figura en el testamento su nombramiento y atribuciones.
  • Beneficio de inventario. Aceptación de la herencia por parte de los herederos sin que afecten a sus bienes aquellas deudas que existan antes o durante la herencia. La herencia responderá con sus bienes, derechos y acciones al pago de dichas deudas.
  • Colación. Regalos en vida por parte de los padres/abuelos a sus hijos o nietos que deben ser tenidos en cuenta a la hora de hacer la herencia.
  • Condominio. Cuando dos personas o más son dueñas de un mismo bien, derecho o acción, por partes iguales o no.
  • Privación o negación de la herencia a un heredero forzoso o legítimo.
  • Donación. Cuando una persona por voluntad propia regala a otra bienes, derechos o acciones.
  • Gananciales. Conjunto de sueldos o salarios, alquileres y rentas, inmuebles y cualquier tipo de bien y derecho que han surgido durante el periodo de casados entre los cónyuges.
  • Haber hereditario. Derechos, acciones y bienes correspondientes a cada heredero una vez aceptada la herencia.
  • Herencia. El conjunto total de bienes, derechos y acciones tras un fallecimiento.
  • Herencia yacente. Periodo de tiempo que ocurre desde que existe una herencia y se acepta la misma.
  • Herederos forzosos. Familiares y parientes a los que la ley establece la reserva de la legítima.
  • Inventario. Listado de todos los bienes, acciones y derechos, así como todas las deudas, cargas y costes de la herencia.
  • Legítima. Parte de la herencia, normalmente un tercio, que se ha de dejar forzosamente a determinados parientes.
  • Nuda propiedad. Derecho sobre un bien en usufructo que tiene el heredero.
  • Partición. Repartir la herencia en la parte correspondiente a cada heredero.
  • Renuncia. Cuando uno o varios de los herederos manifiestan no querer adquirir los bienes y derechos de la herencia.
  • Renuncia pura y simple. Cuando un heredero renuncia sin manifestar a quién va su herencia, acrecentando a todos los herederos según el testamento.
  • Renuncia a favor de parte. Cuando un heredero renuncia, manifestando a favor de que heredero va dicha renuncia.
  • Tasación. Valoración del valor de los distintos bienes y elementos a heredar.
  • Testamento. Acto o documento escrito que indica los bienes a heredar, su reparto y quiénes heredan.
  • Usufructo. Disfrutar de los bienes de la herencia y con la obligación de conservarlos tal como se han recibido, extinguiéndose el mismo al fallecimiento del usufructuario.

Existen figuras fundamentales en la herencia, como los herederos, y otros elementos que es habitual que formen parte de ella. Tanto unos como otros es importante conocerlos.

Más información

Este artículo es parte de nuestro servicio Herencias no residentes. Visite esta sección donde encontrará toda la información de utilidad sobre este tema, incluyendo una completa guía sobre Herencia en España con no residente o extranjero.

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