Las gestiones para la obtención de los permisos de trabajo serán mucho más fáciles para los extranjeros que se encuentran fuera de España: podrán realizarse de forma telemática y se ven reducidos los requisitos para poder trabajar por cuenta propia.
Recientemente se han introducido unas novedades en la Ley de Extranjería española, algunas de las cuales van encaminadas a facilitar la incorporación de trabajadores extranjeros como autónomos al mercado de trabajo en España.
Estas son las principales novedades y facilidades que introduce el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, en vigor desde el pasado 16 agosto.
Simplificación en los procesos de contratación
La reforma permite ofrecer un visado de trabajo de 4 años que permitirá a los extranjeros ser empleados en territorio nacional. Esto no se aplica a la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena general. Es únicamente para la gestión colectiva de contrataciones en origen.
Fomento del trabajo por cuenta propia
A partir del último cambio legislativo, se amplían los supuestos en los que se concede autorización de trabajo por cuenta propia, al tiempo que disminuyen los requisitos para acceder a este tipo de autorización.
Tarjetas temporales de 4 años
Otra de las novedades que contribuye a fomentar el trabajo por cuenta propia es que las renovaciones de las tarjetas iniciales temporales pasan a ser cada 4 años, frente a los 2 años que había hasta ahora, y se incluye la autorización para trabajar por cuenta propia en todo el territorio nacional.
Flexibilidad para estudiantes
Se eliminan las exigencias que antes se establecían sobre los ingresos para que uno pueda establecerse como autónomo. Esto facilitará que los estudiantes extranjeros puedan trabajar durante el tiempo que permanezcan en España.
Facilidades en los requisitos arraigo social y familiar
Desde el pasado mes de agosto no se exige tener un contrato de un año para conseguir el arraigo social, basta únicamente con tener una relación contractual con una jornada semanal que no debe ser inferior a treinta horas en el cómputo global, además de garantizar al menos el salario mínimo interprofesional.
La reforma también amplía la figura del arraigo familiar a varios supuestos, entre otros, a las personas que prestan apoyo a otras con nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Nuevo arraigo por formación
Asimismo, se crea una nueva figura de arraigo por formación, que proporcionará una autorización de residencia de un año para formarse en ocupaciones en las que se necesita mano de obra, y que permitirá trabajar si posteriormente se consigue un contrato de trabajo. El requisito para obtenerlo es acreditar estancia continuada mínima en España de dos años.
Simplificación de las gestiones burocráticas
Además de todo lo anterior, la reforma de la Ley de Extranjería simplifica algunos trámites burocráticos ofreciendo la posibilidad de solicitar visado de manera telemática, mientras que antes los que estaban fuera tenían que acudir a la oficina consular presencialmente. Además, amplía la duración del plazo de renovación de la tarjeta por reagrupación familiar, agiliza la resolución de expedientes de extranjería, y da facilidades para conseguir la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
Incentivar el emprendimiento
Con el objetivo de incentivar el emprendimiento, en el ámbito de las renovaciones, existe ahora la máxima compatibilidad entre trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, extendiendo la vigencia del permiso renovado de los extranjeros hasta los 4 años.
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