Este artículo es parte de nuestra guía Impuestos en España para no residentes y extranjeros que encontrará en nuestra sección Impuestos no residentes.
Como en la mayoría de los países, en España al Estado le gusta quedarse con una parte de su patrimonio cuando usted fallece. La cantidad que recibirán depende en gran medida de lo bien que planifique sus asuntos.
Todo el sistema de tributación por fallecimiento es muy diferente de los de otros paises, por lo que supone un verdadero peligro para los no-residentes y extranjeros, que inconscientemente asumen que se aplicarán disposiciones similares y organizan sus asuntos en consecuencia. Algunas diferencias son: En España no existe una herencia automática por parte de un cónyuge u otro copropietario de la parte del copropietario fallecido en cualquier propiedad. Si se deja por testamento o por sucesión intestada al otro copropietario, la herencia estará sujeta a impuestos.
La cuantía del impuesto que se paga no se determina en función de la cuantía de todo el patrimonio -como en Inglaterra, por ejemplo- sino de la cuantía de cada una de las herencias. El impuesto es progresivo: cuanto más se herede, más alto será el tipo impositivo que habrá que pagar.
Los parientes cercanos pagan un tipo impositivo más bajo que los parientes más lejanos, que a su vez pagan menos impuestos que los desconocidos.
Los parientes cercanos también tienen derecho a recibir una suma libre de impuestos. Los parientes más lejanos y los desconocidos no.
Los que ya son ricos cuando heredan pagan más impuestos que los beneficiarios que son pobres, aunque, como en el caso de los extranjeros el único patrimonio que se tiene en cuenta es el español, esto rara vez produce dificultades en la práctica.
Se imponen sanciones si el impuesto adeudado no se paga en un plazo de 6 meses a partir de la fecha del fallecimiento.
En muchos casos en los que el pago de impuestos considerables va a suponer un problema, es posible enajenar los bienes en vida del propietario de forma mucho más económica que a su muerte.
En muchas regiones existen importantes desgravaciones cuando ambos, fallecido y beneficiarios, son residentes en la región. Cuando los beneficiarios son parientes cercanos puede incluso no haber pago del impuesto de sucesiones.
Resuelva sus dudas
✅ Nuestro personal habla perfectamente castellano, valenciano, inglés y alemán con lo que podrá comunicarse con nosotros en su propio idioma y así resolver claramente sus consultas.
📍 Denia – Plaza del Convento, 6 – Entresuelo pta. B
📍 Valencia -Calle Roja, 1 – Bloque 6, Planta 1, pta. 10 (* sólo con cita previa)
✉📞 Contacto: info@firmalex.com – Tel. +34 966 421 416 – Whatsapp +34 622 497 615