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Cómo abrir un negocio en España siendo extranjero

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Cómo abrir un negocio en España siendo extranjero

Guía introductoria

Con esta guía pretendemos dar una aproximación introductoria de los conceptos básicos y más comunes con los que una persona no residente (lea este artículo para saber cuándo se considera persona no residente en España) o extranjera puede enfrentarse durante el proceso de abrir un negocio en España.

Esta guía no es, en ningún caso, sustitutiva del asesoramiento profesional, ya que se requiere un estudio profundo de las diferentes circunstancias específicas para dar el mejor asesoramiento.

No dude en ponerse en contacto con nosotros y estaremos encantados de darle la mejor solución para su proyecto.

 

Índice de la guía
  1. Introducción
    1. ¿Por qué emprender un negocio en España?
  2. ¿Quién puede abrir un negocio en España?
  3. ¿Cómo conseguir el visado de trabajo para nacionales fuera de la Unión Europea?
    1. Visado de emprendedor
    2. Permiso de trabajo para trabajadores por cuenta ajena
  4. ¿Qué tipo de empresa elegir?
    1. Autónomo
    2. Sociedad limitada (S.L.)
    3. Sociedad anónima (S.A.)
    4. Sucursal
  5. Requisitos previos
    1. Obtener el número NIE
    2. Abrir una cuenta bancaria para su negocio
    3. El nombre de la empresa
  6. El proceso de constitución
    1. Establecer los socios de la empresa
    2. Acudir al notario para firmar la escritura pública
    3. Acudir a la Agencia Tributaria
    4. Conseguir su CIF (código de identificación fiscal)
    5. Darse de alta en la seguridad social

 

1. Introducción

El territorio español es el escenario ideal para que extranjeros de todo el mundo puedan crear su propia empresa. Infraestructuras ideales, talento mundial y un ecosistema emprendedor hacen de España la mejor opción a la hora de decidir dónde empezar.

Sin embargo, los pasos concretos que debes dar para que tu empresa empiece a funcionar con éxito no están tan claros. Por eso hemos creado esta completa guía para resolver todas tus dudas. Así que prepárese para conocer el proceso paso a paso de cómo montar un negocio en España siendo extranjero.

1.1. ¿Por qué emprender un negocio en España?

En los últimos años España se ha convertido en un verdadero centro europeo de negocios. Madrid, Barcelona o Valencia son importantes núcleos empresariales que atraen todos los elementos que pueden hacer que un negocio tenga éxito.

En ese sentido, los principales beneficios de iniciar su empresa en el territorio español son los siguientes:

  • El hecho de que muchas startups de éxito estén naciendo en España atrae el talento y la inversión extranjera.
  • El país cuenta con una buena logística e infraestructuras que pueden ayudar al éxito de tu proyecto empresarial.
  • El país ofrece un mercado lo suficientemente grande y diverso como para que puedan cuajar diferentes tipos de ideas de negocio.
  • Hacer crecer una empresa es toda una aventura. Y España, gracias a su gente, su comida, su cultura y su clima, es el lugar perfecto para disfrutar de ese viaje. – La cultura empresarial del país es óptima para crear conexiones y tener éxito con su empresa.

2. ¿Quién puede abrir un negocio en España?

No importa si usted es extranjero o ciudadano local de España, todo el mundo puede iniciar su negocio en el país. El único requisito es ser residente legal. Sin embargo, según su país de origen, el proceso puede ser más complicado.

Los pasos reales de constitución legal del negocio son los mismos independientemente de si eres extranjero o no. Lo que es diferente es la necesidad de convertirse en un residente legal en el país, lo que crea un paso previo extra que tendrá que realizar.

Así que vamos a examinar los dos casos posibles:

  • Si eres de cualquier país de la Unión Europea, el procedimiento es sencillo. Sólo tienes que conseguir tu NIE y el certificado de registro de la UE, y luego simplemente puedes pasar a la parte de la constitución.
  • Sin embargo, si eres un ciudadano no comunitario, necesitarás obtener tu visado de trabajo para iniciar tu negocio en el país.

3. Cómo conseguir el visado de trabajo para nacionales fuera de la Unión Europea

Existen dos permisos de residencia laboral diferentes que te permiten realizar el proceso: el visado de emprendedor y el permiso de trabajo para autónomos. Estos son los dos permisos que te concederán el tipo de residencia específico que te permite crear una empresa.

Elegirás uno u otro en función de la idea de negocio concreta.

3.1. Visado de emprendedor

Si la idea de negocio que quieres desarrollar es innovadora y la tecnología está en el centro de las operaciones, entonces debes solicitar el visado de emprendedor. Aunque los requisitos son mucho más estrictos y no cualquier idea de negocio será válida para obtener la residencia, ofrece muchas ventajas.

El proceso de solicitud es mucho más rápido, y puedes obtener tu respuesta en tan solo 20-30 días.

No obstante, es fundamental que entiendas los requisitos antes de empezar. Porque tendrás que presentar un plan de negocio realmente detallado, demostrar que tienes suficientes habilidades y métodos de financiación para garantizar que la empresa crezca.

Si tu negocio es una startup, puedes leer más sobre las ventajas en nuestro artículo «Ley de Startups en España».

3.2. Permiso de trabajo para trabajadores por cuenta ajena

Supongamos, por ejemplo, que quieres abrir cualquier tipo de tienda clásica, como una cafetería o un supermercado de barrio. En estos casos, como el proyecto no es lo suficientemente innovador (es algo que ya existe), el permiso de residencia que te permitirá montarlo todo es el visado de trabajador autónomo (un permiso de trabajo regular).

4. ¿Qué tipo de empresa elegir?

Antes de iniciar el proceso de constitución de una empresa, debemos decidir cuál será su tipo. Pero no estamos hablando del modelo de negocio o del proyecto concreto. Nos referimos a su estructura jurídica.

En España, existen diferentes estructuras societarias, que están definidas por el Código de Comercio. Cada una de ellas tiene sus propias características, y entender sus diferentes propósitos es crucial. Vamos a hablar brevemente de las principales.

4.1. Autónomo

Probablemente la mejor opción para las pequeñas empresas, ya que el proceso legal para su creación es realmente sencillo. Una de sus principales ventajas es que no requiere ningún tipo de inversión inicial.

Sin embargo, ser un autónomo tiene una importante desventaja: no hay distinción entre el patrimonio de la empresa y su patrimonio personal. Por lo tanto, usted es totalmente responsable de cualquier posible deuda de la empresa.

¿Para quién es esta estructura? Para pintores, diseñadores de páginas web… Para aquellas personas físicas cuya actividad no requiera de una empresa para su emprendimiento.

Impuestos del autónomo

Como autónomo, tras darse de alta en Hacienda, debe declarar sus ingresos cada tres meses. Por ejemplo, en enero declara sus ingresos del periodo de octubre a diciembre y paga el 20% de los ingresos como impuesto anticipado.

El formulario en este caso es el Modelo 130. Siempre tendrá que rellenarlo, a no ser que el 70% de las personas para las que trabajas sean empresas que pagan el impuesto retenido en su nombre.

Si está pagando el impuesto de autónomos en España bajo el sistema modular (estimación objetiva, en español), donde sus niveles de ingresos se basan en estimaciones en lugar de en ingresos reales, entonces tiene que utilizar el Modelo 131. El formulario debe rellenarse entre los días 1 y 20 de cada trimestre: enero, abril, julio y octubre.

Luego, cada mes de abril, hay que rellenar dos formularios: uno para los últimos tres meses y otro correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Esta última declaración (Declaración de la Renta en el Modelo 100) resume los impuestos que ha pagado durante el año.

Como sus actividades están reguladas por el régimen del IRPF, es posible que acabe pagando una cantidad innecesaria de impuestos al utilizar esta estructura legal. Y eso ocurrirá si sus ingresos son superiores a 50.000 – 60.000 euros anuales.

Así que, en caso de que espere ganar más que eso, nuestro consejo es que opte por una sociedad limitada.

Aparte del IRPF, debe liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cada trimestre (Modelo 303) y rellenar una declaración de IVA anual o Modelo 390, aunque algunos bienes y servicios, como los servicios educativos, las actividades artísticas y algunas formas de escritura independiente, están exentos.

Todo esto lo puede hacer por internet a través de la Agencia Tributaria. Si presta servicios exentos, no tiene que presentar declaración de IVA y no puede reclamar el IVA de sus propios gastos.

4.2. Sociedad limitada (S.L.)

Esta es, sin duda, la estructura empresarial más popular en el territorio español. ¿Por qué? Por su flexibilidad y facilidad en el proceso de registro, ya que sólo exige 3.000 euros para el proceso de constitución como inversión mínima de capital.

Si prevé que va a obtener ingresos superiores a 60.000 euros, constituya directamente una empresa en lugar de establecerse como autónomo.

Una de sus principales ventajas es que su responsabilidad está limitada al capital invertido. Así, si sólo ha invertido 3.000 euros, esa es la cantidad máxima que se le puede pedir en caso de endeudamiento.

En este caso no pagará el impuesto sobre la renta, sino el impuesto de sociedades, que equivale al 25% de sus beneficios. También hay que presentar la declaración del IVA. No obstante, puede beneficiarse de varias exenciones que pueden reducir considerablemente la base imponible.

Por eso le recomendamos que se apoye en un buen asesor fiscal para gestionar sus declaraciones trimestrales y anuales. Realmente se ahorrará dinero.

4.3. Sociedad anónima (S.A.)

La sociedad anónima es la estructura jurídica reservada a las grandes empresas que operan con acciones. Se caracteriza por tener una estructura mucho más rígida, y se necesitan 60.000 euros para su constitución.

Su principal ventaja es que puede conseguir financiación externa, ya que las acciones de la empresa se pueden comprar en la bolsa.

No obstante, le sugerimos que empiece primero con una S.L. y luego pase a una sociedad anónima una vez que se decida a salir a bolsa.

4.4. Sucursal

Pero, ¿qué ocurre si ya tiene su propia empresa en cualquier otro país y quiere expandirse en España?

En esos casos, abrir una sucursal en España es el camino correcto. Le ofrecerá la posibilidad de expandirse a un nuevo mercado al tiempo que aprovecha el poder de su marca y sus sistemas.

Si quiere crear una sucursal de su empresa, deberá presentar un poder notarial y una copia de la escritura pública de constitución de la empresa. En caso de que la legislación mercantil de su país lo exija, también deberá presentar un certificado de solvencia. En este caso concreto, si es usted quien abre y dirige la sucursal en el territorio español, deberá ser residente en el país.

5. Requisitos previos

5.1. Obtener el número NIE

Lo primero que hay que hacer como extranjero es conseguir el número NIE. Ese es el número de identificación que le permitirá abrir una cuenta bancaria, estar identificado fiscalmente, etc… El NIE es lo más importante para poder operar libremente en España.

Conseguir el NIE es un proceso realmente sencillo. El tiempo en el que se puede obtener dependerá de si se es ciudadano de la UE o no: se tarda de 3 a 5 días hábiles en obtener el número NIE para los ciudadanos de la UE; y el plazo para los no comunitarios variará en función de la Oficina de Extranjería correspondiente.

Hay dos posibilidades para obtener este número:

  • Hacerlo desde su país de origen, en el consulado español.
  • Hacerlo estando en España. Para ello, es necesario obtener una cita en cualquier oficina de policía.

5.2. Abrir una cuenta bancaria para su negocio

Ahora que ya tiene su NIE puede abrir fácilmente una cuenta bancaria para su negocio en España.

Suponiendo que haya optado por iniciar una Sociedad Limitada, se le exige que aporte 3.000 euros en efectivo para la constitución de la empresa, que deberá tener en un depósito en la cuenta recién creada.

Seguro que no es un dinero perdido y puede ser utilizado en las operaciones diarias de la empresa.

La aportación de esa cantidad de dinero genera un certificado bancario que acredita el pago. Debe llevar este documento al notario el mismo día de la constitución de la empresa.

5.3. El nombre de la empresa

Una vez que tenga su número de NIE, deberá obtener lo que se llama un certificado de unicidad. Este documento indica que el nombre de su empresa es de libre uso y que ahora está en su poder.

Para conseguirlo, tiene que hacer una lista de 3 nombres que le gustaría dar a su empresa. Hay que enviarlos al Registro Mercantil de España para comprobar su disponibilidad.

Si están disponibles, aceptarán uno de los tres, en función de las preferencias que haya establecido previamente al presentarlos. Este proceso puede durar hasta 48 horas.

Este será el nombre oficial de la empresa, que aparecerá en sus facturas y otros documentos oficiales.

No obstante, puede solicitar al registro un nombre adicional para utilizarlo en otras situaciones o fines comerciales.

6. El proceso de constitución

6.1. Establecer los socios de la empresa

En este punto, hay que decidir cuántos y quiénes serán los socios de la empresa. Además, determinar quién será el director de la empresa es un paso necesario.

En este sentido, hay dos tipos diferentes de directores.

En primer lugar, nos encontramos con el director corporativo («director mercantil»). No necesita tener un salario ni un permiso de trabajo, y una vez al año tiene que firmar la contabilidad anual de la empresa. Tener este tipo de director implica que también tendrá que tener un trabajador bajo su estructura, como exige la legislación española.

Pero lo que muchas empresas hacen en realidad es tener un director con funciones corporativas y laborales en conjunto, por lo que se elimina la necesidad de tener un empleado.

Una vez decidido esto, sólo hay que crear el acuerdo de socios, definiendo cada uno de ellos y el porcentaje de participación que tiene cada uno. Este es uno de los pasos más cruciales del proceso, ya que hay que prever cualquier posibilidad futura para evitar problemas más adelante. Por eso recomendamos encarecidamente contar con un abogado mercantilista.

6.2. Acudir al notario para firmar la escritura pública

Con todos los documentos mencionados anteriormente (número de NIE, el certificado bancario y el certificado del Registro Mercantil), ahora hay que ir al notario para firmar la escritura pública de constitución. Allí se establecerá quiénes son los inversores/accionistas y el administrador.

Además, tendrá que introducir una dirección.

También tendrá que definir claramente cuál es la actividad de la empresa. Nuestro consejo es que sea lo más abierto posible: introduzca todas las actividades relacionadas con lo que va a hacer. Este es un paso crucial. ¿Por qué? Porque evitará la necesidad de acudir de nuevo al notario en el futuro si amplía su negocio o pivota la actividad principal.

A continuación, el notario registrará la empresa en el Registro Mercantil. Este proceso puede durar hasta 3 semanas. No obstante, desde el día en que firmemos la constitución de la empresa en la notaría, le darán un número de IVA provisional, con el que podrá iniciar su actividad.

6.3. Acudir a la Agencia Tributaria

Ahora que ha obtenido la escritura del notario, deberá acudir a la Agencia Tributaria para:

  • Registrar dicha documentación, consiguiendo que la escritura sea sellada por ellos.
  • Obtener el número de identificación fiscal (CIF) definitivo de la empresa. Esto se suele hacer de forma telemática.

Tenga en cuenta que empezará a pagar impuestos una vez que inicie su actividad.

6.4. Conseguir su CIF (código de identificación fiscal)

Necesita que su empresa esté identificada ante las autoridades fiscales. Por eso necesita solicitar el CIF de la empresa. Así que, básicamente:

  • En primer lugar, tiene que descargar el formulario de solicitud correspondiente en la página web de la Agencia Tributaria.
  • Luego, rellenar ese formulario.
  • Conseguir una cita en la oficina de la agencia tributaria para presentarlo, junto con su NIE.

Si quiere importar/exportar dentro de la UE, necesitará un número de CIF intracomunitario. Tendrá que solicitarlo también.

6.5. Darse de alta en la seguridad social

Y, finalmente, el último paso: acudir a su oficina local de la seguridad social para registrar su empresa recién creada. Tenga en cuenta que si se da de alta como empresario individual hay un régimen específico que se aplica, llamado RETA. En la cita, tendrás que presentar el formulario 036 o 037, su NIE, el pasaporte y el formulario del IRPF.

 

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